Nueva doctrina interpretativa del IVA en el arrendamiento con opción de compra
Así se ha anunciado en el congreso del Registro de Economistas y Asesores Fiscales por el responsable de IVA de la Dirección General de Tributos, Eduardo Verdún, como medida de apoyo a un mercado inmobiliario que se encuentra en recesión.
La cuestión es la consideración hasta ahora de autoconsumo de aquellos casos de pisos destinados a la venta por el promotor, pero que ante la imposibilidad de la venta terminan siendo alquilados con opción de compra que no es ejercida por el arrendatario. La consideración de autoconsumo supone la imposibilidad para el promotor de deducirse el IVA y la obligación de realizar la oportuna rectificación.
El responsable de IVA anunció en el congreso aludido que se va a efectuar una nueva interpretación para que no se considere autoconsumo de la promotora cuando quede acreditado que el destino último de los inmuebles sigue siendo la venta y el alquiler es sólo un instrumento para ello. .

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